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¿Qué daños causados por la DANA cubren los seguros?

Bien-ESTAR · 12 noviembre 2024

 

Los fenómenos meteorológicos extremos motivados por el cambio climático como la DANA que acaba de azotar España tienen cada vez mayor incidencia en nuestro hábitat e impactan dejando a su paso importantes daños personales y materiales. Según la Organización Meteorológica Mundial, las inundaciones, las olas de calor y los incendios forestales se han multiplicado por cinco en los últimos 50 años.

 

¿Qué seguro elegir?
Los científicos avisan: los huracanes y las grandes borrascas, así como otros fenómenos atmosféricos adversos se van a intensificar en los próximos años y España ha sido testigo de esta nueva realidad climática. Las denominadas DANAS (depresiones aisladas en niveles altos) han traído lluvias torrenciales, principalmente a la costa mediterránea, causando enormes pérdidas materiales y afectando a miles de personas. Contar con un seguro se ha vuelto indispensable y puede ser determinante en caso de resultar afectados. Los seguros protegen económicamente a las personas y los objetos frente a los perjuicios que puedan sufrir por los distintos riesgos a los que éstos están expuestos. Entre ellos figuran algunos de carácter climatológico como la lluvia torrencial, los rayos, el granizo o los vientos de determinada intensidad.

En concreto, es el seguro multirriesgo el que cubre la indemnización y reparación de los daños personales y materiales causados por fenómenos atmosféricos, además de otras coberturas. Son perfectos si se quiere cubrir una gran variedad de riesgos en una misma póliza. Es una protección completa tanto para los particulares en viviendas y segundas residencias, como para las empresas y los profesionales en comercios, oficinas, industrias, etc. En este tipo de seguros también se incorporan desde garantías como la responsabilidad civil ante reclamaciones de terceros, el incendio, el robo o los daños eléctricos, a otras como el lucro cesante o la pérdida de beneficios en las empresas.  Además de contar con un seguro multirriesgo es también aconsejable, en todos los casos, disponer de los seguros adecuados para el hogar, el vehículo y la empresa.

 

¿Cómo reclamar?
Lo primero que hay que hacer en caso de sufrir daños debido a una catástrofe, es verificar que disponemos de una póliza de seguro y estamos al día de los pagos, y revisar las coberturas contratadas para ver si existe derecho a reclamar. Una vez realizadas estas comprobaciones, es necesario informar del siniestro a la compañía en cuanto sea posible -el plazo para comunicarlo suele ser de siete días-, porque cuanto antes se notifique, antes podrá la aseguradora tomar medidas para arreglar o aminorar los posibles desperfectos. Toma fotos y videos para respaldar tu reclamación y conserva pruebas y facturas que acrediten la propiedad y el valor de los bienes afectados y, por último, sigue las indicaciones de tu aseguradora, colabora con el perito que evaluará los daños y sigue el procedimiento indicado por la compañía de seguros para recibir la indemnización correspondiente.

El seguro multirriesgo cubre en caso de:

  • Daños causados por fenómenos atmosféricos como viento, tormentas, granizo, nieve o lluvias torrenciales.
  • Inundaciones (aunque a veces esta cobertura requiere una ampliación o suplemento específico).
  • Incendios, explosiones y daños por rayos.
  • Daños por terremotos, en algunos casos (aunque puede necesitar una póliza adicional según la zona geográfica).

El seguro multirriesgo cubre en caso de fenómenos atmosféricos «normales» (granizo, lluvia, nevadas, etc.), dependiendo de las condiciones específicas de la póliza, pero no lo hace cuando ocurre un riesgo extraordinario, es decir, un evento que excede las condiciones habituales de las aseguradoras. Estos riesgos extraordinarios incluyen:

  • Catástrofes naturales como terremotos, erupciones volcánicas, inundaciones extraordinarias, maremotos, tornados.
  • Fenómenos atmosféricos extremos, como vientos superiores a 120 km/h.

En estos casos extremos, es el Consorcio de Compensación de Seguros (CSS), como entidad pública dependiente del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el que indemniza. Pero, -y esto es importante-, para beneficiarse es imprescindible estar previamente asegurado con alguna compañía de seguros. La reclamación de los daños puede hacerla el propio afectado o bien, en su nombre, su compañía aseguradora. Esta cobertura es posible gracias a un recargo que se aplica sobre prácticamente todas las pólizas de seguro en España.

En el caso que no se disponga de la suficiente cobertura, hay que esperar a que el Gobierno apruebe un real decreto-ley que declare la zona como afectada por una catástrofe, que conlleve la aprobación de ayudas, subvenciones e, incluso créditos ICO con condiciones especiales.

El sector asegurador cuenta con un portal informativo Naturalmente protegidos para explicar a los asegurados quién les protege y cómo solicitar sus indemnizaciones en caso de haber sufrido un daño a causa de un fenómeno de la naturaleza. En él aparecen detalladas las pautas a seguir ante diez riesgos diferentes, detalla cómo actuar en caso de haber tenido algún percance por efecto de la lluvia, de una inundación, a causa del viento, por culpa de una sequía o de una helada, debido a los efectos de la nieve o el granizo, a raíz de un terremoto, un maremoto o una erupción volcánica, así como por un rayo.

 

 

 

 

 

 

 

 

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